El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) acaba de fallar a favor de las autoridades españolas, ratificando como legal la práctica de las «devoluciones en caliente» de las personas que intentan llegar a los enclaves españoles de Ceuta y Melilla. Aunque previamente, el Tribunal había condenado a España en 2017 por esta práctica ilegal[1], su Gran Sala decidió en esta ocasión que España no había violado los derechos de las personas que ya habían cruzado su frontera devolviéndolas a Marruecos de manera expeditiva y violenta. Con esta decisión extremadamente grave, el TEDH legitima el principio de la devolución generalizada. Además, confirma la imposibilidad de presentar una solicitud de asilo en caso de cruce ilegal de la frontera, y celebra la buena colaboración con Marruecos en la represión de los exiliados.
Las personas migrantes se enfrentan a prácticas de devolución durante sus viajes en las fronteras exteriores de la UE, que se extienden cada vez más al sur y al este. Se enfrentan a estas prácticas cuando intentan cruzar el Sahara[2] o los Balcanes[3], o intentan huir del infierno libio[4]. Esta realidad – que, en los casos más dramáticos, conduce a la muerte – concierne también al interior del territorio europeo, como lo ilustran las recurrentes devoluciones de migrantes a las fronteras francesas con Italia y España[5]. Las prácticas de devolución se están multiplicando y se han convertido en una forma cada vez más normalizada de gestión de las movilidades ilegalizadas, que deben ser obstaculizadas a toda costa.
Durante al menos dos décadas, las personas migrantes sufrieron violencia tanto por parte de los guardias fronterizos españoles durante sus intentos de entrada en los enclaves de Ceuta y Melilla, como por parte de los militares marroquíes (múltiples informes de ONGs muestran que Marruecos ejerce regularmente represiones violentas y realiza redadas para mantener a a estas personas alejadas de la frontera[6])
A pesar de esta realidad antigua y documentada, el TEDH concluyó en su sentencia de 13 de febrero que España no había cometido ninguna violación, considerando que «los solicitantes se habían puesto en situación de ilegalidad» al intentar cruzar la frontera de Melilla fuera de un puesto fronterizo autorizado. Añade que «por lo tanto, decidieron no utilizar los canales legales existentes para el acceso regular al territorio español«. Un argumento falaz que considera que sólo las personas exiliadas que entraron por un puesto fronterizo autorizado o que pueden presentar una solicitud de asilo al Consulado sin impedimentos pueden ser protegidas de la devolución.
Sin embargo, muchas organizaciones de derechos – cuyos informes han sido conscientemente ignorados por el Tribunal – han podido documentar que las personas negras son particularmente acosadas por las fuerzas de seguridad marroquíes, impidiéndoles llegar a los puestos fronterizos de los enclaves. Por lo tanto, el acceso a las oficinas de asilo de Ceuta y Melilla (creadas en 2015) les resulta imposible, por lo que no les queda más remedio que intentar escalar las vallas y sus afiladas cuchillas, o lanzarse al mar, arriesgando sus vidas[7].
El TEDH, al revocar la condena de España, da un espaldarazo a los Estados europeos para la generalización de estas prácticas violentas de devolución y la legitimación de la externalización del asilo. Al considerar que un Estado miembro puede limitar el derecho a buscar protección en su territorio a determinados lugares o circunstancias, el Tribunal respalda las prácticas contrarias al derecho internacional que la Unión Europea ha tratado de promover desde hace mucho tiempo: impedir la llegada de quienes buscan protección, ya sea erigiendo barreras físicas o jurídicas, o subcontratando sus obligaciones a países conocidos por ser hostiles a las personas migrantes.
Las asociaciones firmantes condenamos enérgicamente la decisión del TEDH.
Nos negamos a admitir que el principio de no devolución, piedra angular del derecho de asilo, se ponga en peligro en nombre de la política de externalización y de protección de las fronteras de la UE y de sus Estados miembros.
Apoyamos a las personas migrantes en el ejercicio de su libertad de movimiento y combatimos la violencia y el racismo que sufren a lo largo de sus procesos migratorios.
[1]ECHR, October 3, 2017, N.D. et N.T. v.. Spain, req. n° 8675/15 et 8697/15: https://hudoc.echr.coe.int/eng#{%22itemid%22:[%22001-177683%22]}
[2] Amnesty Internacional informe : « Forced to leave – stories of injustice against migrants in Algeria », 2018 ; Alarmphone Sahara, « Octobre 2019 à Janvier 2020: Continuation des convois d’expulsions de l’Algérie au Niger », enero 2020
[3] Le Monde « La Bosnie, cul-de-sac pour les migrants », 30 de diciembre 2019 ; Ver también la web de « Welcome» que informa sobre la violencia en los paises de los Balcanes: https://welcome.cms.hr/index.php/en/
[4]Boletin Migreurop n°7 « Libya: where thugs are funded by Europe to mistreat migrants », mayo 2018 ; Forensic Oceanography, “Mare Clausum”, mayo 2018
[5] ANAFE, Persona non grata –Conséquences des politiques sécuritaires et migratoires à la frontières franco-italienne, Observation report 2017-2018
[6] Ver por ejemplo : Migreurop, « Guerra a los migrantes – el livre negro de Ceuta y Melilla » 2006, Human Rights Watch « Abused and Expelled Ill-Treatment of Sub-Saharan African Migrants in Morocco », 2014 ; Caminando Fronteras « Tras la frontera », 2017 ; GADEM « Coûts et blessures – Rapport sur les opérations des forces de l’ordre menées dans le nord du Maroc entre juillet et septembre 2018 », 2019
Ver por ejemplo : Informe colectivo « Ceuta y Melilla, centros de selección a cielo abierto a las puertas de África », diciembre 2015 ; Las observaciones del Comisario Europeo de Derechos Humanos en los casos Nº 8675/15 y Nº 8697/15N.D. c. España y N.T. c. España : https://rm.coe.int/third-party-intervention-n-d-and-n-t-v-spain-by-nils-muiznieks-council/1680796bfc