Los tres Juzgados de Instrucción que ejercen las funciones de control del Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Aluche han rechazado unánimemente una comunicación remitida por el Director del CIE en la que pretendía, una vez más, establecer restricciones y obstáculos al derecho de las personas internas a recibir visitas de ONG. En el reciente Auto firmado por los tres magistrados a fecha de 11 de diciembre de 2017, han acordado requerir al Director del CIE de Madrid para que no vulnere el derecho esencial de visitas, dé cumplimiento al vigente Auto del Juzgado de Instrucción nº6, en funciones de control del CIE, de fecha 13 de enero de 2011, y amplíe las garantías y facilidades para las visitas. De forma contundente, señalan que “los jueces de control, analizada la comunicación del Sr. Director del CIE, consideramos que no se aprecian motivos que justifiquen la conveniencia de modificar el sistema actual de visitas de las ONGs al Centro”.
La comunicación remitida por la Dirección del CIE pretende generar barreras burocráticas para el acceso de organizaciones de defensa de los Derechos de las personas migrantes así como eliminar el carácter confidencial de las visitas, anulando, en la práctica, el Auto vigente de fecha 13 de enero 2011, en el que se estableció un marco para el derecho de visitas de las ONG al CIE y que fue refrendado por la propia Dirección del CIE posteriormente
Cabe señalar que el actual régimen de visitas de las ONG dimanaba del Oficio de fecha 1 de marzo de 2011 remitido por la propia Dirección. Supone una auténtica incongruencia que, ahora, la propia administración se erija en juez y parte, incurriendo de esta manera en una actuación arbitraria, expresamente prohibida en el art. 9.3 de la Constitución española. El método utilizado en esta ocasión por la Dirección del CIE ha sido una comunicación. Mediante esta vía, decide unilateralmente la fijación de unas condiciones de visita que, sin amparo normativo alguno, se utiliza para la restricción de Derechos y pretende vulnerar la competencia de los Jueces de Control.
El comunicado ignora a su vez Autos posteriores de los Juzgados de Control de Madrid que han reconocido la vigencia y obligado cumplimiento del Auto del Juzgado de Instrucción nº6 de fecha 13 de enero de 2011, instando al director del CIE a ajustarse a lo especificado en su parte dispositiva (Auto del Juzgado nº6 de 28 diciembre 2015 y Auto del Juzgado nº19 de 8 agosto 2017).
Además, la administración del CIE deliberadamente intenta confundir la asistencia social que debe prestar con arreglo a lo establecido en el RD 162/2014 con la intervención de las ONG que tengan entre sus fines la defensa de los derechos de las personas migrantes.
En este sentido, el Reglamento es claro: la asistencia social es una prestación obligatoria que el Estado debe facilitar, bien directamente, bien a través de la contratación de terceros. Pero eso no es óbice para que ONG, u otros organismos u organizaciones, nacionales o internacionales, puedan dar cumplimiento a sus fines.
La labor de las ONG que visitan el CIE no es la asistencia social; es una figura diferente que pasa por el acompañamiento a las personas internas en su dimensión más integral, por la información de su situación jurídica, sin hurtarles ni esconderles nada así como por la vigilancia y denuncia de las vulneraciones de derechos.
El Convenio suscrito entre el Ministerio del Interior y las entidades subvencionadas incluye en su cláusula decimotercera la obligación de “guardar secreto sobre datos e información de los que tenga conocimiento”. En contraposición, Pueblos Unidos, Karibu, SOS Racismo y Coordinadora de Barrios, desde la independencia que les ofrece el no estar sujetas a ningún contrato o subvención, siguen apostando por mantener las vistas regulares a las personas en los CIE de todo el Estado. Su actividad a lo largo de los años ha demostrado que en los Centros de Internamiento de Extranjeros se vulneran los derechos de las personas internas especialmente en lo relativo al internamiento de niñas/os y adolescentes, el acceso a la asistencia sanitaria y jurídica o el internamiento de personas en situaciones de extrema vulnerabilidad. Además, han apoyado a quienes han denunciado agresiones y vejaciones durante su internamiento. Es este trabajo de denuncia que contribuye a desmontar la impunidad y la opacidad del CIE el que incomoda a la Dirección del centro que persigue incansablemente la posibilidad de reducir o incluso fulminar el papel de las organizaciones de apoyo a las personas migrantes, eliminando así la posibilidad de que las personas retenidas ejerzan sus derechos.
Lamentablemente, la existencia de los CIE y las deportaciones como elementos tangibles del racismo institucional siguen haciendo necesario el trabajo de apoyo a quienes sufren las políticas migratorias.
Desde las organizaciones Karibu, SOS Racismo, Coordinadora de Barrios y Pueblos Unidos han puesto en valor la respuesta y el papel de los Juzgados de Control y han reiterado su intención de seguir trabajando por el cierre de los CIE y el fin de las deportaciones. “Ese trabajo se torna imprescindible con un Ministerio del Interior que mediante el incumplimiento reiterado de la normativa en los CIE, la justificación de las devoluciones ilegales en la Frontera Sur, la apertura de un centro penitenciario en funciones de CIE, el auge de las deportaciones exprés o las deportaciones en vuelos colectivos pretende dar continuidad a su política migratoria racista, represiva e inhumana”, han manifestado.