Desde 1995, construyendo una sociedad diversa y antirracista

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SOS Racismo Nafarroa. STOP Islamofobia

SOS Racismo Nafarroa: Stop Islamofobia

(ES/EUS) Hoy nos hemos dado cita aquí para visibilizar y denunciar públicamente un caso de discriminación islamófoba en el contexto laboral. – Gaur hemen elkartu gara, lan-testuinguruko diskriminazio islamofobo kasu bat jendaurrean ikusarazteko eta salatzeko.

No solo queremos señalar a la empresa que ejerció de manera directa la discriminación, sino al organismo público responsable de la defensa a de los derechos de las personas trabajadoras en Navarra. Es por eso que la cita es frente a la Inspección de Trabajo, cuya dejación de responsabilidades e inhibición en el caso que nos ocupa, dando por buena la excusa emitida por la empresa y cerrando la vía de investigación, sienta un precedente que no debemos tolerar, no podemos permitirnos pasos atrás en la lucha por la igualdad de derechos, no vamos a permitir, ni mucho menos legitimar que las empresas puedan discriminar de manera libre.

Diskriminazioa zuzenean gauzatu zuen enpresa ez ezik, Nafarroan langileen eskubideak defendatzeko ardura duen erakunde publikoa ere aipatu nahi dugu. Hori dela eta, hitzordua Lan Ikuskaritzaren aurrean jarri da. Ikuskatzailetzaren kasuan, enpresak emandako aitzakia ontzat emanez eta ikerketa-bidea itxiz, ez dugu onartu behar aurrekari hori, ezin dugu atzerapausorik onartuko eskubide berdintasunaren aldeko borrokan, eta ez dugu onartuko, ezta gutxiago ere, enpresek modu askean diskriminatu ahal izatea.

A continuación compartimos el relato en primera persona de lo sucedido:

Acudí a la Residencia de la Misericordia de Pamplona a incorporarme a mi puesto de trabajo (puesto de limpieza para cubrir una baja). Había sido convocada por Grupo One,  empresa que me selecciona y contrata, la cual me indicó la empresa a la que debía acudir para prestar mis servicios, así como el día y la hora para iniciar mi jornada laboral. Así mismo, me había facilitado el uniforme de trabajo.

Personada en la Residencia de la Misericordia el día y la hora indicada para dar inicio a mi trabajo  me recibió una trabajadora que me indicó dónde tenía que cambiarme (yo traía el uniforme que me había facilitado previamente Grupo One) y que esperase que iba a acudir una compañera a explicarme, también me mostró una taquilla con mi nombre y me explicó que tenía que firmar en una ficha la hora de entrada y de salida, firmé en la casilla de entrada.

Unos 10 minutos después acudió otra trabajadora que me explicó en qué consistía el trabajo por plantas, me enseñó dónde estaba el material de limpieza. Después, acudió otra trabajadora, que entiendo que era la encargada, y habló con esta trabajadora en privado, tras unos momentos esta compañera volvió para decirme que no podía trabajar allí con pañuelo, le pregunté porque y me dijo que era por las reglas de la Misericordia, le dije que no podía quitármelo. Me dijo que se iba a preguntar y que esperara. Volvió y me dijo de nuevo que las reglas eran esas y que no podía trabajar con pañuelo, así que no podía trabajar, me volví a cambiar, dejando la ropa en la Misericordia. Me acompañó a la salida diciéndome que no podía hacer nada, porque eran las normas.

Al volver a casa, decidí acudir a la comisaría de Policía Nacional, a interponer una denuncia por discriminación, allí nos dijeron que teníamos que acudir a la Misericordia a por una hoja de reclamaciones, a poner una reclamación. Así que fui a pedir esta hoja. Allí nos atendieron los agentes de seguridad que llamaron a la encargada. Mi pareja le preguntó si era cierto que la gente con pañuelo no podía trabajar a lo que ella le contestó que efectivamente había normas que lo impedían y que, si quería quejarse que acudiese a Grupo One, le entregó una hoja de sugerencias.

Tras este suceso la persona afectada se puso en contacto con nuestra organización y con el sindicato LAB, y decidimos interponer una queja ante la Inspección de Trabajo, por entender que se había vulnerado un derecho de una trabajadora en el ejercicio de su jornada laboral. Estos hechos se sumaban además, a situaciones de discriminación parecidas, que ya había vivido, con el mismo mandato de quitarse el hiyab, en otro puesto de trabajo de limpieza en el centro comercial de La Morea, pero sobre el que no había sido posible reunir pruebas suficientes.

Lo que nos trae hoy aquí, como decíamos, no es solo el relato, sino la vergonzosa respuesta de la Inspección de Trabajo, en cuya resolución considera que la cuestión denunciada es una “cuestión controvertida” sobre la que no hay jurisprudencia asentada en España, pero se permite recoger una sentencia europea en la que se establece que esta prohibición de uso del velo no constituye por si misma una discriminación directa o indirecta. Además, le otorga legitimidad a las razones esgrimidas por la empresa que señala que “la exigencia de quitarse el pañuelo no obedeció a motivos religiosos, sino a un deseo de no alterar la tranquilidad de los residentes, personas mayores” y continúa: “a algunos de ellos la presencia de una persona con velo o pañuelo en la cabeza les podría resultar algo anómalo o extraño y podría alterarles.” Es decir, para huir del argumento prejuicioso e ilegal (motivación de discriminación por símbolos religiosos), apelan a la salud emocional de los residentes, sin caer en la cuenta, o sí, de lo extremadamente racista que es suponer que ver a alguien con velo puede alterar la tranquilidad. Por otro lado, esta frase es todo un ejercicio de pedagogía racista, en esto consiste el racismo, en concreto la islamofobia: en asociar símbolos identitarios con estereotipos negativos como la inseguridad o el peligro.

Nos parece profundamente grave que la conclusión de un organismo público, tras escuchar esta frase, sea la de no investigar más, inhibirse e invitar a la afectada a acudir a los tribunales. Esta frase debió haber sido una alarma clara y evidente, no un clavo ardiendo al que se agarraron para ver cómo argumentar a favor del derecho a una empresa a discriminar a las trabajadoras. Indignante.

La experiencia nos ha demostrado que la denuncia de un caso de racismo significa que existen muchos más que no han sido denunciados por el mismo hecho. Por ello, vemos con preocupación que se sigan produciendo episodios de discriminación islamófoba en el sector laboral y en otros ámbitos, y con más preocupación aún constatamos el retroceso en el reconocimiento y la reparación de actos discriminatorios como el que hoy nos ocupa.

Hablamos de racismo y concretamente de islamofobia, queremos explicar este fenómeno a través de las palabras de la antropóloga Pnina Werbner, para quien “la islamofobia se distingue de otros fenómenos racistas y representa una lógica particular del racismo que se corresponde con una figura arquetípica en la imaginación racista: el Gran Inquisidor. Lo que asusta del Islam es que «evoca el fantasma del Cristianismo puritano, la cruzada moral, las guerras sectarias en Europa, las Cruzadas, la Inquisición, el ataque a la sociedad permisiva” Lo que existe actualmente es, para Werbner, un bloque de oposición al Islam formado por las elites intelectuales, las masas consumistas, así como por los racistas violentos, y ello también es específico. Mujeres, pañuelo e islamofobia en España: Un estado de la cuestión 123 Anales de Historia Contemporánea, 24 (2008)

El propio Consejo de Europa y el Comité sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial de la ONU define la islamofobia como “[…] una forma de racismo y xenofobia manifestada a través de la hostilidad, exclusión, rechazo y odio contra los musulmanes, sobre todo cuando la población musulmana es una minoría, algo que ocurre con mayor impacto en países occidentales.” Parece ser que las Instituciones elaboran definiciones teóricas, a la vez que siguen perpetuando lógicas discriminatorias estructurales y generando jurisprudencia contra derechos fundamentales, como el que tenemos todas las personas de portar símbolos identitarios. Las instituciones, a través de sus políticas, perpetúan una serie de imágenes negativas sobre el islam y las personas musulmanas, que les criminalizan, infantilizan y les muestran como monolíticos. Estas imágenes y prejuicios no son nuevos, ni son fruto de los procesos migratorios, más bien están relacionadas con un imaginario colectivo de un pasado colonial y una descolonización inacabada.

Queremos destacar que no nos corresponde a nosotras, ni a la sociedad, ni a las instituciones discutir ni juzgar el uso de pañuelo de las mujeres musulmanas, porque es un derecho fundamental de las mujeres a la expresión de su libertad religiosa y a su identidad y que prevalece sobre el derecho de una empresa de imponer prohibiciones a todas luces discriminatorias.

Por todo ello exigimos a la Inspección de Trabajo la revocación de la resolución emitida y la continuación del expediente. Así como el establecimiento de protocolos específicos para aquellas reclamaciones que tiene su origen en situaciones de discriminación por origen, cultural o grupo étnico, con medidas específicas y claras que garanticen la investigación y reparación de lo sucedido.

A las Instituciones públicas y a las empresas (públicas y privadas) les exigimos el establecimiento de medidas y protocolos para detectar, prevenir y reparar situaciones de discriminación racista desde el reconocimiento y cuidado de las personas afectadas.

Por último exigimos a las instituciones públicas planes de intervención y colaboración entre los Departamentos responsables orientados a prevenir la discriminación racista en el ámbito laboral.

Nabarmendu nahi dugu ez dagokigula guri, ez gizarteari, ez erakundeei emakume musulmanen zapiarenerabilera eztabaidatzea edo epaitzea, emakumeek beren erlijio askatasuna eta nortasuna adierazteko duten oinarrizko eskubidea delako, eta enpresa batek argi eta garbi diskriminatzaileak diren debekuak ezartzeko duen eskubideari gailentzen zaiolako.

Horregatik guztiagatik, Laneko Ikuskatzailetzari eskatzen diogu emandako ebazpena ezeztatzeko eta espedientearekin jarraitzeko. Halaber, berariazko protokoloak ezartzea jatorria jatorri kulturalagatiko edo talde etnikoagatiko diskriminazio egoeretan duten erreklamazioetarako, gertatutakoa ikertzea eta konpontzea bermatuko duten neurri espezifiko eta argiekin.

Erakunde publikoei eta enpresa publiko zein pribatuei, diskriminazio arrazistako egoerak antzeman, prebenitu eta konpontzeko neurriak eta protokoloak ezartzea esigitzen diegu, eragindako pertsonak aintzat hartuz eta zainduz.

Azkenik, erakunde publikoei eskatzen diegu esku hartzeko eta lankidetzan aritzeko planak egitea sail arduradunen artean, lan eremuan diskriminazio arrazista prebenitzeko.

SOS Racismo Navarra/Nafarroako SOS Arrazakeria

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